ETV NewMedia Asociación
Asociación Internacional para la libre información y libre de contenidos
Art. 1) El nombre y la constitución
La asociación se establece en el respeto del Código Civil, L. 383/2000, art. 90 L.289/02, D.lgs 460/97 y 186/04 de la Ley de Asociación denominada Asociación de ETV NewMedia.
Art. 2) Legal
La asociación tiene su sede en Via Cavour 53, 26841 Casalpusterlengo (LO) - Italia.
Art. 3) Duración
La asociación dura por un período indefinido y está en conformidad con las disposiciones del Libro I del Código Civil.
Art. 4) Lugares exterior / Sucursales
La asociación puede abrir otras oficinas en Italia y en el extranjero. Cada cuartel general operacional debe cumplirse en el presente Estatuto que las deliberaciones de los órganos creados en virtud de Asociación. La gestión de las oficinas se le asignará a un funcionario designado por la junta local de directores elegidos por los accionistas locales.
Art. 5) Sin perjuicio / Finalidad
La asociación es nonparty, apolítica, nondenominational y sin fines de lucro. El mismo tiene intención de cumplir en la realización de sus negocios, los principios de la estructura democrática y democrática y la igualdad de oportunidades, en el acceso a los cargos electos y cargos de gratuidad socio-económica e inspira y los principios de las asociaciones de promoción social, de los cuales la ley 383/2000.
Los objetivos de la Asociación son los siguientes:
Apertura el mundo de radiodifusión, televisión, línea directa y sistema de videotelefonía en la web. La libertad de información, la libertad de expresión y la libertad de uso.
La digitalización, transmisión, reproducción, grabación de frecuencias de televisión inalámbrica o por satélite, de conformidad con los reglamentos y los precios de consumo de banda, sus disposiciones en materia de televisión en directo o grabada, la radiodifusión de frecuencia puede ser digitalizada para la Web;
Publicidad, el patrocinio y sin ánimo de lucro patrocinadores., Gestión, creación y que incurre en un lugar y las campañas de publicidad en el cumplimiento de los códigos de protección de televisión;
Creación, gestión, mantenimiento de sistemas de información Web 2,0 gestión de bases de datos y redes interconectadas. Creación, gestión, actualización código de lenguaje para computadoras y la Web;
Organización de conferencias, reuniones, cursos de actos para difundir la buena relación de las obligaciones de derechos entre usted y los profesionales o estructura similar, por cualquier medio que considere adecuado para este fin;
Trabajar con su estructura orgánica y con los miembros propia y libre voluntad, para la continuación de finalidad social, se adhieren a los planos regional, nacional y comunitario vigente;
Para el acceso a la asistencia y facilitó la financiación proporcionada por las leyes promulgadas y enmendadas, por la UE y por el Estado y las autoridades locales.
Para la aplicación de los puntos anteriores la Asociación podrá:
1. hacer, no de manera prevaleciente y no en contra de la opinión pública, cualquier valor, bienes inmuebles y
transacción financiera que se considere útil, necesario y pertinente, y, en particular, las operaciones relativas a la construcción, ampliación, equipamiento y mejora de las estructuras, incluida la adquisición de áreas relacionadas, y la adquisición de bienes inmuebles que se dediquen a las actividades deportivas y mantener las relaciones con los institutos de crédito también pasiva basada;
2. promover y dar a conocer sus actividades y de la imagen mediante el uso de modelos y emblemas directamente oa través de terceros (gestión y distribución de publicaciones, periódicos, revistas y sitios de Internet), con la excepción de la impresión de periódicos;
3. con el fin de organizar actividades educativas para la puesta en marcha, actualización y perfeccionamiento en actividades deportivas;
4. con el fin de organizar y ejecutar su propia o en colaboración con otros organismos públicos o privados y asociaciones, agencias de viajes, actividades turísticas y de ocio, tanto en Italia como en el extranjero, para los miembros y sus familias;
5.in fin de organizar y con el fin de gestionar su propia o en colaboración con otros organismos, públicos y privados, asociaciones, culturales, artísticas, deportivas y recreativas: para estos fines ETV NewMedia Asociación promoverá y / o gestionar, directa o indirectamente , Eventos, festivales, ferias, conferencias, reuniones, servicios de administración de alimentos y bebidas, tiendas y diversos colectivos de género y las compras de alimentos, actividades e instalaciones deportivas, películas y proyecciones audiovisuales y todas las demás iniciativas que se consideran de uso para alcanzar los fines estatutarios; también llevará a cabo actividades comerciales, tanto tiempo como auxiliares y no prevalece en la observancia de los asuntos institucionales;
6. Proporcionar fondos de asistencia y / o fondos de garantía;
7. a participar en los órganos con poder de decisión de la organización, la autoridad para la protección de la ley y otras estructuras similares que salvaguardar los inmigrantes;
8. a participar en las actividades de coordinación con diferentes asociaciones;
9. para crear oportunidades de ayuda financiera de los asociados.
Art. 6) la relación de obligación y responsabilidades
El grupo es responsable de terceros y, en los exámenes, por única obligación relación adoptadas por el Presidente, siguiendo instrucciones de la junta de directores.
Art. 7) miembros
Los miembros no es ilimitado.
Se puede acceder a la beca a todos aquellos que comparten los propósitos y principios inspiradores y que aceptan el estatuto y reglamentos, que ha completado el decimoctavo año de edad, con independencia de su filiación política y religiosa, género, nacionalidad, origen étnico y la profesión.
Los niños menores de dieciocho años pueden tomar el título de socio sólo con el consentimiento de sus padres, pero no tienen derecho de voto en la reunión. La admisión a la Asociación es deliberada por el Consejo de Administración en el candidato de los miembros de solicitud.
No está permitido establecer una fecha fija de bonos asociativo. Los miembros están obligados a respetar el estatuto, respetar las decisiones de los órganos de la Asociación y al pago de las cuotas establecidas por la Junta de Directores.
No está permitido transmisibilidad de las acciones, sus derechos y tampoco la situación de los miembros. Los miembros podrán ser miembro honorario, miembro merecen y miembro permanente. Todos los miembros, en el momento del registro, deberán llenar un formulario de solicitud con su declaración sobre la Ley de Privacidad.
Siempre también deben declarar si pertenecen a otras organizaciones y cualquier cargo de que se trate.
Art. 7 / a) Los miembros
Aspirante miembros deben presentar una solicitud a la Junta de Directores, mencionando su nombre, apellidos, dirección, fecha y lugar de nacimiento junto a aceptar la certificación y se adhieran al Estatuto, las Reglas de Procedimiento y las empresas bodies'deliberations.
Dentro de los treinta días después de la presentación, a menos que frente a la opinión del Consejo Ejecutivo, que deberá expresar los motivos, el título como accionista se hará efectiva después del pago de cuota social, el nuevo miembro recibirá la tarjeta y el nombre corporativo se registrará en el Libro miembros.
Si la solicitud es rechazada, el interesado puede presentar una petición, que decidirá en la última asamblea de miembros en su primera convocatoria ordinaria.
Art. 7 / b miembro honorario
Son aquellos que, sin ser parte de la asociación, han contribuido válidamente en cualquier campo, a su logro. Ellos son propuestos por el Presidente de la Directiva del Consejo y aprobada por la Asamblea. Ellos sólo están asignados los cargos y no concedió la adhesión; pueden quedar exentos del pago de la cuota de membresía y tienen derecho a votar ya ser elegible para una oficina.
Art. 7 / c) merecen miembro
Los funcionarios que se hayan distinguido en la vida de la Asociación para obras excepcionales. Ellos son propuestos por el Presidente de la Junta de Directores y aprobado por la Asamblea. Ellos están exentos de pago de las cuotas a menos que las contribuciones.
Art. 7 / c miembros permanentes
Se trata de que pagar la cuota anual fijada por el Consejo, participar en la vida de la Asociación y tienen derecho a votar podrán optar a una oficina. El número de miembros permanentes es ilimitado.
La Asociación siempre se mantiene al día el Libro miembros. La lista de miembros debe estar siempre expuestos en el lugar donde la asociación se llevan a cabo actividades, a fin de que todo el mundo pueda acceder a ellos.
Art. 8 / a) medidas disciplinarias
becarios que cometer un delito se refiere, en la Secretaría de iniciativa, a juicio de la junta de directores.
A la espera de la decisión de ese órgano, la Secretaría podrá suspender cautelativamente para:
a) indignidad moral;
b) asunción de un comportamiento incompatible con la línea política adoptada por los órganos sindicales;
c) el fracaso de este Estatuto;
d) el incumplimiento de las deliberaciones de los órganos estatutarios;
e) la competencia desleal en contra de entidades públicas y / o promovidos por los individuos.
El Consejo Ejecutivo podrá actuar, contra los miembros que se encuentran en las condiciones anteriormente mencionadas, las siguientes medidas:
-- Amonestación;
-- La suspensión de su cargo y / o de composición;
-- Expulsión.
Estas deliberaciones se comuniquen a los miembros por carta certificada dirigida salvo en el caso de falta de renovación anual de la tarjeta que implican la revocación como miembro.
Contra las decisiones del Consejo Ejecutivo en materia disciplinaria, el recurso al Consejo de Arbitraje que permite, en el sentido del Art. 11 y 21 del presente Estatuto.
Art. 8 / b) Pérdida de la condición de miembro
La condición de socio se pierde por:
a) la retirada
b) los deudores en mora
c) la expulsión
El miembro puede ser expulsado cuando se pone en marcha conductas que causan daño a los materiales o perjudicar la imagen de la asociación.
La expulsión se decide por el consejo de administración tras oír al Miembro en cuestión.
En contra de esta medida, el miembro podrá interponer un recurso ante el consejo de administración y, en última instancia, al Colegio de Árbitros. Los recursos deberán presentarse dentro de los treinta días siguientes a la recepción de la notificación de la medida.
En caso de falta de pago de las cuotas anuales de asociación a más tardar en la fecha prevista en el Art. 10, la condición de socio se pierde y, por tanto, sus derechos.
La decisión deberá ser ratificada en Ordinary day. La pérdida de la condición de miembro, para cualquier caso, no da derecho a pagar las cuotas ya pagadas.
Art.9)
La muerte del miembro no confiere derecho alguno a los herederos de la asociación.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS
Art. l0)
Las cuotas anuales se establecerán cada año por la Junta de Directores y tendrán que ser pagados por el 31 de diciembre. El Miembro podrá retirarse sin cargos; su renuncia, pero no le dan el derecho a la restitución de las tasas ya pagadas.
Art. 11)
Los miembros tienen derecho a elegir a los Órganos de la sociedad y ser elegidos en demasiado. Los miembros tienen derecho a participar, con derecho a voto, en las Asambleas. Para cada miembro se expide una tarjeta que le legítimo para el ejercicio de sus derechos estatutarios y el disfrute de las ventajas que ofrece la asociación.
Art. 12)
Todos los miembros tienen el deber de defender la reputación de la Asociación. Miembro debe hacer:
a) mantenimiento de una conducta moral dentro y fuera de la asociación;
b) pagar con carácter anual y dentro del plazo suscripciones;
c) abstenerse de cualquier acción que pueda perjudicar a la Asociación.
Art. 13)
El miembro de ningún modo se ha de pagar, pero sólo se tendrá derecho a reembolso de los gastos efectivamente incurridos en la actividad.
Los interlocutores sociales y los cuerpos de miembros de la asamblea
Art. 14)
Hay órganos regulares:
a) la Asamblea de accionistas;
b) la Junta de Directores;
c) el Presidente de la Asociación;
d) la Junta de Auditores;
e) la Junta de Árbitros.
La Asamblea de Miembros es el órgano soberano de la Institución y es convocada por el Presidente una vez al año para aprobar el presupuesto definitivo y presupuesto preventiva y cada vez que la junta de directores y / o el Presidente lo estimen oportuno.
La Asamblea podrá ser convocada en sesión extraordinaria, donde se solicita al Presidente de al menos 1 / 10 (un décimo) de los diputados, siempre en cumplimiento con el pago de las cuotas.
Art. 15) La Asamblea de Miembros
Los miembros de la Asamblea son ordinarias y extraordinarias.
Su citación debe hacerse con al menos siete días antes de la reunión programada, mediante el envío de cartas y hacia arriba de un anuncio claramente visible en el lugar donde la asociación se llevan a cabo actividades, que contendrá el orden del día, el lugar, fecha y hora de la primera y segunda convocatoria.
Si la Directiva del Consejo no facilitó la celebración de 'Ordinarias y Extraordinarias de reunión, solicitada por accionistas dentro de los treinta días a partir de la fecha de dicha solicitud, la convocatoria se llevará a cabo por el Colegio de Alcaldes por la letra y el desplazamiento de claramente visible en los locales donde los asociación actividades se llevan a cabo.
En caso de renuncia del Colegio de Directores, la reunión extraordinaria que se convocará dentro de los treinta días a partir de la fecha de renuncia, preparado por el Consejo de dimitir o, en su defecto, por el Colegio de Alcaldes por la letra y el desplazamiento de claramente visible en los locales donde se realizan las actividades llevado a cabo.
La Asamblea Ordinaria se aprueba el presupuesto anual, aprobar los reglamentos propuestos por el Consejo de Administración y actuar sobre todas las cuestiones que la secretaría y / o el Consejo de Administración considere necesarias para presentar su aprobación.
El Ordinario se reúne al menos una vez al año, dentro de cuatro meses después del cierre del ejercicio social o cuando el Consejo de Administración o la Secretaría que estime oportunas.
Al menos una décima parte de los miembros pueden llamar para la celebración de la Asamblea: en este caso, la citación debe hacerse dentro de los treinta días a partir de esa solicitud.
La Asamblea Extraordinaria se reúne para decidir las modificaciones estatutarias propuestas por el Consejo de Administración y decidir sobre la disolución de la asociación con el nombramiento de los liquidadores.
En la primera convocatoria de la Asamblea, tanto ordinarias como extraordinarias, está constituido regularmente cuando hay la mitad de los miembros con derecho más uno.
En la segunda convocatoria de la Asamblea, tanto ordinarias como extraordinarias, está constituido regularmente y con independencia del número de miembros intervenido.
Las Asambleas tienen derecho a votar todos los miembros que son de edad y que están en conformidad con el principio de votación única, que cumplen con el pago de cuotas anuales.
Cada accionista podrá ser representado por delegación escrita por otro miembro que no puede ser el portador de más de tres delegaciones.
Las deliberaciones de las Asambleas son válidos, la mayoría absoluta de votos sobre todos los puntos del orden del día, excepto en la disolución de las cuales será necesario el voto favorable de dos tercios de sus miembros.
Por lo que respecta a los asuntos que afectan al vínculo asociativo la Asamblea de los miembros actuará con el voto favorable de dos terceras partes de la propuesta del Consejo de Administración.
La Asamblea está presidida por el Presidente de la asociación o la persona designada por sí mismo, que nombrará, a su vez, por el secretario.
ART.16) La Junta de Directores
El Consejo Ejecutivo consta de un máximo de once componentes y un mínimo de siete, entre ellos el Presidente elegido por cada tres años.
Ellos son parte con derecho de la Junta de Directores, además de los miembros que figuran en uno o dos vicepresidentes, un secretario y un tesorero, éste se podrá delegar las facultades que pertenecen a la junta de directores.
Los consejeros permanecerán en el cargo durante tres años consecutivos y no reciben compensación alguna.
Tareas del consejo de administración, con las más amplias facultades para la gestión y
Extraordinaria de la Asociación, son los siguientes:
a) elegir en su seno la Secretaría;
b) elegir al Presidente;
c) elaborar los presupuestos anuales y los saldos finales;
d) presentar un plan sobre las actividades que se realizará en el nuevo año asociativo.
e) aprobar, con mayoría absoluta de los componentes, la medida de eliminar el Presidente.
f) aprobar, con mayoría absoluta de los componentes, las medidas disciplinarias de conformidad con el artículo .8 / b) de este estatuto;
g) propondrá a los accionistas la disolución de la asociación con el voto favorable de las tres cuartas partes de los componentes.
h) aplicar las resoluciones de los accionistas;
i) tomar decisiones acerca de sus actividades ordinarias y gastos extraordinarios, gastos de explotación y en la cuenta de capital, para la gestión de la asociación.
j) tomar decisiones en relación con la coordinación de los colaboradores y profesionales de la asociación cuyo uso.
k) tomar las decisiones relativas a las actividades y servicios institucionales, comerciales y complementarios que deben emprenderse para el mejor logro de fines institucionales de la Asociación.
l) que proponga a los accionistas cambios a este estado con el voto favorable de las tres cuartas partes de los componentes.
m) para nombrar al gerente a quien se designó a la gestión de cualquier nuevo cuartel general operacional.
n) Determinar la cantidad de cuotas anuales.
o) nombrar, incluso entre los miembros fuera de la junta de directores, los delegados para el desempeño de funciones específicas establecidas por el tiempo tiempo por el Consejo Diretivo (por ejemplo, responsable de los deportes individuales). Los delegados tendrán un mandato de un año (desde el 1 de julio al 30 de junio) y son nombrados de nuevo.
El Consejo Ejecutivo serán convocadas por el presidente al menos una vez al año, con cinco days'notice, en caso de fracaso, se puede recurrir a sí mismo, dando convocar por escrito al Presidente.
Esta solicitud deberá estar firmada por una mayoría de los miembros de la Junta.
El Consejo Ejecutivo está presidido por el Presidente.
Los miembros del Consejo Ejecutivo desempeñará el cargo por tres años y cayó de su cargo si, sin justa causa grave, no participan en dos reuniones consecutivas del Consejo de Administración.
Las reuniones del Consejo de Administración son válidas si están presentes, la propia o por poder, por lo menos 2 / 3 de sus miembros en la primera convocatoria, y al menos 1 / 3 de ellos en la segunda convocatoria.
Entre la primera y segunda convocatoria debe pasar un intervalo de al menos veinticuatro horas.
Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos. En caso de igualdad de votos, prevalecerá el voto del Presidente.
La votación puede ser expresada también por poder. Cada componente puede expresar, además de su voto, no más de un voto por poder.
En el caso de dimisión de la junta directiva durante el período comprendido entre su renuncia y el nombramiento del nuevo Consejo de Administración, el Consejo saliente permanecerá en funciones para el manejo de los negocios. En cualquier caso, la representación del Presidente se mantiene en el cargo.
Art. 17) El Presidente de la Asociación
El Presidente es elegido por la Junta de Directores de entre sus miembros, se mantiene en el cargo durante seis años y es reelegido, tiene poderes de firma y jurídica y representación judicial.
Preside la Asamblea y la Junta y velar por la celebración de las mismas, es responsable de la aplicación de las resoluciones de la Asamblea y la Junta de Directores y, en caso de urgencia, podrá ejercer las competencias de la junta directiva, salvo la ratificación de este último en la primera reunión útil.
En caso de ausencia o impedimento temporal, sus funciones son realizadas por uno de los Vicepresidentes elegidos en la Junta o, en su defecto, por el Consejero con más antigüedad en el mismo cuerpo.
Art. 18) El Secretario
El Secretario elaborará las actas de las reuniones de los órganos Associativi y velará por el mantenimiento de sus libros y registros. Asimismo, proporciona las negociaciones necesarias para la adquisición de medios y servicios de deliberación por la Junta de Directores y preparar y mantener sus contratos y pedidos.
Proporciona también para liquidar los gastos, verificar la exactitud y se autoriza al Tesorero para el material de pago. Por su labor debe estar asistida por los dirigentes de las diversas disciplinas deportivas. Para el mantenimiento de registros, la Junta de Directores está facultada para contratar un director, que mantendrá las cuentas que serán proporcionados por el Secretario y Tesorero.
En ausencia del Secretario, las actas serán elaboradas por el Consejero más joven.
Art. 19) El Tesorero
El tesorero preside la gestión administrativa y contable departamentos, que elabora los asientos contables, velando por la correcta ejecución de las obligaciones de impuestos y tasas y que organiza, en concierto con otros miembros de la junta directiva, el informe anual en materia económica y financiera términos y el presupuesto del año siguiente.
Asimismo, deberá velar por que las operaciones formales de recaudación y pago de gastos aprobado por el consejo de administración.
El Tesorero tiene también la función de supervisión periódica de los resultados financieros, dinero en efectivo, banco por cobrar y por pagar las cuentas y la búsqueda de operaciones para la recuperación de deudas.
Si el Tesorero no llevar a cabo sus funciones, o en el 'caso de renuncia o destitución del mismo, las funciones de este se tomará, durante el tiempo necesario para eliminar las causas para llevar a cabo o nuevo nombramiento, por el Secretario o por la Vice President.
El Secretario temporalmente impedido, o dimitir o revocado, se sustituirá con las mismas condiciones por el Tesorero o por uno de los Vicepresidentes.
Art. 20) La Junta de Auditores
El Consejo de Cuentas está compuesto por tres miembros, nombrados por el Ordinario y permanecerán en el cargo durante tres años y son reelegibles, dos suplentes, que no podrán ser miembros.
Los auditores deben controlar todas las actividades administrativas y financieras de la asociación, y la presentación de informes y la estimación anual que deben acompañar con una exposición de motivos.
Los auditores deben ser invitados a asistir a las reuniones del Consejo Ejecutivo, que dará su opinión en todos los asuntos concernientes a los costos.
El Colegio de Alcaldes normalmente se reúne tres veces al año (cada cuatro meses) y extraordinariamente cuando de sus miembros o la junta directiva hacer una solicitud motivada.
Art. 21) La Junta de Árbitros
La Junta de Árbitros o avalistas permanecerán en el cargo durante tres años y cuyos miembros son reelegidos.
Formado por tres miembros y un suplente, tiene la función de examinar, en apelación de los miembros interesados, las medidas adoptadas por el Consejo Ejecutivo en materia disciplinaria, y lo dispuesto en el Art. 1l.
La apelación debe ser presentada, con razones, dentro de los treinta días siguientes a esa medida a la persona en cuestión.
La decisión de la Junta de Árbitros será publicada en un plazo máximo de treinta días a partir de la presentación de la solicitud y se notificará en los próximos quince días para la junta de directores y accionistas afectados, mediante carta certificada.
La parte dispositiva de la deliberación serán exhibidos en los locales donde asociación actividades se llevan a cabo.
Art. 22)
Los puestos de Director, Alcalde Revisor y miembro del Colegio de Árbitros son incompatibles entre sí.
La finca
Art. 23)
El patrimonio de la Asociación está formada por las comisiones y gastos de servicios istituziona1i pagado por los accionistas, los eventuales ingresos de comerciales y / o promoción de ventas de las contribuciones y donaciones de organismos privados o públicos y todos los bienes, muebles y bienes inmuebles, propiedad de Asociación o ella recibió en cualquier capacidad (donaciones, legados), siempre recibidas de personas y / u organizaciones cuyos objetivos no sean contrarios a los fines asociativos.
El Consejo Ejecutivo rechazará cualquier donación que está destinada a influir en modo alguno la Asociación. Cada mitad, que no entra en conflicto con el reglamento interior, con las actuales leyes del Estado italiano, puede ser usado para apoyo y financiación para apoyar la Asociación y enriquecer su patrimonio.
Art. 24)
Cada miembro de la Asociación, tendrá a, voluntariamente, los bonos propios, dar garantías y hacer sus donaciones y préstamos, si la existencia de intereses' Asociación en esta transacción es aprobada por un voto de la Junta de Directores y Alcaldes en reunión la sesión plenaria. Todo ello sin ingresos por concepto de intereses que los pasivos.
Art. 25)
La chatarra de gestión o de fondos de reserva no puede ser distribuido "en forma directa 'indirecta entre los miembros, sino que debe utilizarse para el logro de la institucional y la mejora de instalaciones deportivas y sociales de agregación. Los fondos de no puede ser invertido en los medios que prevé el pago de intereses.
Art. 26)
El año membresía corre a partir de julio primero al 30 de junio de cada año. El Consejo Ejecutivo preparará el informe final de presupuesto o una declaración que se presentará, junto con una cita, la aprobación de "la Asamblea, dentro de cuatro meses a partir de la clausura de la asociación.
Art. 27)
El Consejo Ejecutivo tendrá que depositar por lo menos quince días antes de la fecha de convocatoria de Asamblea, el presupuesto anual y el con todos sus anexos, en la secretaría de la Asociación, lo que permite el examen a todos los diputados así lo requieran.
CAMBIOS DE PERSONAL
Art. 28) Disolución de
La disolución de deben ser aprobados por votar a favor de tres cuartas partes de los miembros de la Asociación. La Asamblea decidirá la liquidación de la Asociación, mediante el nombramiento de una comisión de liquidadores de seis miembros:
a) tres componentes de la junta directiva,
b) un componente para cada categoría de miembros con derecho a voto.
La devolución de patrimonio se llevarán a cabo con la finalidad de servicios públicos a las empresas y las asociaciones deportivas y la promoción de objetivos sociales, salvo que el destino impuesto por las leyes aplicables.
DISPOSICIONES FINALES
Art. 29)
Las normas del presente Estatuto se complementará con el Reglamento Interior preparado por la Directiva del Consejo.
Art. 30)
A pesar de que no estén expresamente previstas en el presente Estatuto, se hace referencia a la normativa vigente en materia de Asociaciones de Promoción Social, dile a Entidades no comerciales sin fines de lucro, L383/2000 y Art. 90 L28912002 c, en su caso, la regulación en las cuestiones que figuran en el Libro Iy el Libro V del Código Civil.
FIRMADO